A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Gustavo Adolfo Rengifo Arbelaez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Naturaleza jurídica
- Imposición de sanciones en el evento de verificar incumplimiento de órdenes impartidas en fallo de tutela
- No asumir trámite por cuanto no se cumplen los presupuestos para que de manera excepcional la Corte asuma la competencia
- Competencia del juez de primera instancia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitudes de cumplimiento y desacato de la Sentencia T-974/09.
El peticionario adujo que lo ordenado en el fallo de la referencia no se ha cumplido en lo que corresponde al tema ambiental.
Informó sobre la existencia de una acción popular y la presentación de un incidente de desacato que fue negado por el juez de instancia, por falta de legitimación en la causa por activa.
Se RECHAZAN las pretensiones formuladas en esta oportunidad por la falta de competencia de la Corporación para resolverlas.
Se advirtió al Juzgado Primero Civil Municipal de Cartago que, en caso de estimarlo necesario y de presentarse alguna situación fáctica que así lo amerite, en el marco de sus competencias, debe adoptar las acciones necesarias relacionadas con el estricto cumplimiento de la decisión adoptada en la providencia en mención.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. RECHAZAR las solicitudes del señor Gustavo Adolfo Rengifo Arbeláez del 04 de agosto de 2023, por la razón expuesta en la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, INFORMAR de esta decisión al señor Gustavo Adolfo Rengifo Arbeláez y hacerle saber que contra esta decisión no procede recurso alguno.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Primero. Civil Municipal de Cartago que, en caso de estimarlo necesario y de presentarse alguna situación fáctica que así lo amerite, en el marco de sus competencias, debe adoptar las acciones necesarias relacionadas con el estricto cumplimiento de la decisión adoptada en la Sentencia T-974 de 2009.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.